Hace un par de meses vimos las principales diferencias que podemos encontrar entre la formación bonificada o programada y la formación subvencionada. Hoy vamos a centrarnos en analizar la formación bonificada o formación programada. Prestándole mucha atención a la bonificación, debido a que dedicamos, principalmente, a la gestión de bonificaciones para la formación continua en exclusiva.
Cuando hablamos de la formación programada por las empresas es imprescindible hablar de la bonificación. Por eso, antes que nada vamos a explicar en qué consisten las bonificaciones de la seguridad social en la formación.
La formación programa por las empresas, es la formación financiada a través de las ayudas que corresponden a la bonificación. Es decir, las empresas tienen a su alcance un crédito destinado a la formación de empleados aplicando las bonificaciones a la seguridad social. El objetivo de realizar esta formación en la empresa es responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores. Consiguiendo, de esta forma, abarcar acciones formativas de las empresas y permisos individuales de formación.
¿Cómo consigues la bonificación?
Es muy importante conocer como bonificarte. Principalmente, porque las empresas que realizan este tipo de formación en la empresa, la bonificación va a ser una pieza clave. Es por eso que es muy importante contar con un gestor de formación que realice un asesoramiento empresarial particular, en función de las necesidades de la empresa en particular. Para conseguir las bonificaciones de la seguridad social solamente tienes que seguir 8 pasos:
- Calcular tu crédito
- Obtener el certificado digital
- Acceder y darse de alta en la aplicación telemática.
- Informar a la Representación Legal de los Trabajadores.
- Comunicar el inicio del curso
- Realizar la formación
- Comunicar la finalización del curso
- Aplicar la bonificación
¿Quién consigue la bonificación?
No solamente las empresas consiguen dicha bonificación. Si eres un trabajador, también te puedes beneficiar de la formación programada en el caso de que te encuentres en los siguientes grupos. Y por consiguiente te podrás beneficiar también de las bonificaciones de la Seguridad Social.
Por lo tanto, todos los trabajadores que reciben un salario y que prestan un servicio en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas. Por consiguiente, estas personas, cotizan a la seguridad social en concepto de formación profesional. Además, también puedes beneficiarte de esta formación programada son los que se encuentran en las situaciones que nombramos a continuación.
- Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
- Empleados que acceden a situación de desempleo cuando se encuentran realizando formación.
- Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
- Empleados afectados por medidas temporales de suspensión de contrato. Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo
Estas son respuestas a la mayoría de preguntas que hemos recibido. Nos encontramos ante una formación de empleados en una empresa, que puede ser la mejor decisión que una empresa tome para sus empleados.
Es importante, como hemos dicho, contar con un gestor de formación. El cual va a realizar el asesoramiento a empresas de forma particular, como somos nosotros Gaudex. No dudes en ponerte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda, te responderemos en la mayor brevedad posible. Y recuerda, que la formación de empleados es una inversión a largo plazo de la cual como empresa o trabajador vas a beneficiarte.
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